Cambios importantes para empresas registradas con EORI

 

A partir del 1 de febrero de 2024 cualquier registro EORI que no posea un código postal válido en sus registros no podrán utilizarse en los sistemas NCTS y/o AES. Esto supone que todos los Operadores Económicos involucrados en tránsitos o procedimientos de exportaciones basadas en el sistema AES deberán tener un código postal válido en su registro EORI.

 

Esto supone que, a partir de febrero, si su envío es detenido en la Aduana debido a la falta de un código postal, éste podrá ser detenido hasta que la información faltante sea actualizada por la Autoridad nacional del Estado miembro en el que la empresa esté registrada.

 

Esta cuestión es especialmente importante en los Estados en los que hay registrados un importante número de Operadores Económicos de diferentes países como puede ser Paises Bajos y Suecia, o en aquellos casos en los que los códigos postales se adhieren a un sistema nacional único, como en el caso de Irlanda

 

Para evitar cualquiera de los problemas mencionados, todos los Operadores Económicos deberían comprobar los datos de su EORI y actualizarlos con un código postal válido, si fuese necesario.