ICS 2 Norte de Francia: requisitos específicos para DFDS
A partir del 1 de enero de 2026, se exigirá el ICS 2 para todas las mercancías que entren en el norte de Francia procedentes de Gran Bretaña.
La presentación de la declaración ICS 2 en esta ruta del estrecho es, por lo general, responsabilidad de la empresa transportista.
Para las empresas que viajan con DFDS, existen requisitos específicos en función de si las unidades están acompañadas o no.
En el caso de las unidades acompañadas, la ICS 2 debe ser presentada por la empresa de transporte.
En el caso de las unidades no acompañadas, DFDS realizará múltiples presentaciones. Esto significa que DFDS envía los datos maestros (descripción general, masa bruta total, etc.) a ICS 2, pero el transportista es responsable de enviar los datos internos (remitente/destinatario, información del artículo, etc.).
Para los clientes de SGS, los datos maestros deben proporcionarse directamente a DFDS (a través de su sistema de reservas) y, para los clientes que utilicen el servicio ICS 2 de SGS TransitNet, TransitNet enviará los datos internos a ICS 2 para completar los requisitos.
SGS TransitNet ofrece un servicio ICS 2 completo, así como el nuevo servicio ELO, que será obligatorio a partir de 2026.
Para obtener más información, póngase en contacto con su centro de atención al cliente local.

